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“Trabajadores de EPM tendrán Servicio Adaptado de Salud para rato”

Así lo estableció la Supersalud

“Trabajadores de EPM tendrán Servicio Adaptado de Salud para rato”

Niegan solicitud de EPM para poner fin al servicio.

La junta directiva de Sintraemsdes Nacional y su presidente Humberto Polo Cabrera, celebraron la expedición de la Resolución 2025310010005598-6 del 15 de julio de 2025, por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, negando la solicitud interpuesta por las Empresas Públicas de Medellín, EPM, solicitando autorización para poner fin a las operaciones de la Entidad Adaptada de Salud.

La organización sindical felicita a los trabajadores de EPM, afiliados a las subdirectivas Medellín y de toda Antioquia, por la decidida lucha que han dado a lo largo de los últimos meses, en defensa de uno de los más importantes derechos convencionalmente adquiridos, para la clase obrera en esa región del país.

Humberto Polo Cabrera agradece a la Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud, el Ministerio del Trabajo y al presidente Gustavo Petro, por el apoyo recibido a las denuncias y manifestaciones y solicitudes para entablar mesas de dialogo, pero especialmente a la decisión de revisar a fondo una solicitud que a todas luces buscaba contrariar los derechos de la clase trabajadora, la legitimidad de las convenciones colectivas y la propia Constitución Nacional.

En su artículo primero, la resolución señala que se niega la solicitud de retiro de la autorización de funcionamiento de la operación del régimen contributivo de la Entidad Adaptada de Salud de las Empresas Públicas de Medellín, E.S.P., y advierte, en su artículo segundo  que EPM deberá garantizar la continuidad del aseguramientyo en salud a la población afiliada , de conformidad cibn lo dispuesto en las leyes 100 de 1993, 1122 de 2007, 1438 de 2011, 1751 de 2015, el Decreto 780 de 2016y demás normas concordantes.

Ante el fallo, la organización sindical reitera una vez más a cada una de las subdirectivas y a los trabajadores afiliados y no afiliados del sector de servicio públicos domiciliarios del país, que el camino para la reivindicación de sus derechos, el logro del bienestar, el reconocimiento de la dignidad, la estabilidad laboral y la justicia salarial, es la lucha que los trabajadores deben dar unidos alrededor de la organización sindical.

Descarga en PDF Resolución Supersalud sobre EAS EPM_2025930010159598100002 

  

SINTRAEMSDES

Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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