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Casos en que se puede retirar ahorro voluntario pensión, en fondo privado: ¿Cómo funciona?

Conozca en qué momento puede retirar su ahorro voluntario en los fondos privados y cuál es el pilar que cubre a estos cotizantes.

El pasado 14 de junio, la Cámara de Representantes de Colombia aprobó el proyecto de reforma pensional que contempla la transformación del actual sistema a uno de pilares y la creación de un fondo de ahorro público para el pago de auxilios económicos a los adultos mayores que no alcanzaron su pensión

La iniciativa, considerada una de las tres principales banderas del Gobierno de Gustavo Petro en el Congreso, será sancionada por el presidente en medio de un evento público que se celebrará el próximo 16 de julio en la emblemática plaza de Bolívar de Bogotá.

Sin embargo, el articulado, que logró mayorías en la Cámara de Representantes y el Senado; debería enfrentar una demanda ante la Corte Constitucional por parte de la oposición que ha advertido presuntos vicios de procedimiento en su trámite en el Congreso.

La reforma pensional y los fondos voluntarios de pensión
La reforma pensional contempla la transformación del actual sistema a uno con cuatro pilares: solidario, semi contributivo, contributivo y de ahorro voluntario. Este último dirigido a las personas con capacidad de pago, quienes podrán realizar un aporte adicional para “garantizar una mejor pensión para su vejez”.

En ese sentido, se busca garantizar que con este pilar, aquellos ciudadanos que busquen mantener un ahorro complementario a los aportes obligatorios de cotización, lo podrán seguir haciendo y sosteniendo la tranquilidad que estos aportes voluntarios serán inembargables,

“Esta cotización da derecho a un beneficio tributario para el afiliado, ya que está exenta de impuestos hasta el máximo señalado, es decir, estos aportes gozan de las mismas ventajas tributarias que la cotización obligatoria”, señala la reforma tributaria.

Casos en que se puede retirar ahorro voluntario pensión, en fondo privado: ¿Cómo funciona?
Los Fondos Privados de Pensión son una serie de aportes que realiza el contribuyente, adicional, al sistema general de pensiones colombiano, mediante el cual se busca mejorar la calidad de vida del pensionado. Este ahorro puede ser utilizado a su vez para invertirse en proyectos de vivienda y estudio; así como de inversión, entre otros fines.

Los ciudadanos que estén interesados en realizar este ahorro voluntario pueden hacer aportes desde los $30.000 y $50.000 y pueden llevar a cabo el retiro de estos ahorros en cualquier momento, debido a que estos aportes son voluntarios.

“Además, los aportes pueden ser retirados en cualquier momento por el trabajador, cancelando una sobretasa al impuesto global complementario que está obligado a pagar o ser retirados como excedentes de libre disposición, si corresponde”, indica la reforma.

Por: Luis Velandia
Información tomada de caracol.com.co

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Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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