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Estatutos

Gratuidad de inscripción en la educación superior pública ya es ley

A través de esta ley se promueve el acceso a la educación otorgando la gratuidad del derecho de inscripción a las instituciones de educación superior públicas para quienes no puedan asumir su costo dada su situación de pobreza o condición de vulnerabilidad.

El Gobierno nacional garantizará de manera gradual la financiación necesaria para asegurar la gratuidad en el valor de los derechos de inscripción de los jóvenes colombianos que se inscriban para cursar un programa de pregrado en una de las instituciones de educación superior públicas, priorizando los pertenecientes a los grupos poblacionales más vulnerables, de acuerdo con la focalización socioeconómica Sisbén IV o el instrumento que haga sus veces definido por el Departamento de Planeación Nacional. (Lea: Sancionan Convenio de reconocimiento de estudios superiores en América Latina y el Caribe)

La persona que obtenga el beneficio tendrá derecho a que le sean reconocidos hasta tres derechos de inscripción, los cuales podrá utilizar en forma simultánea o en cualquier momento, en todo caso sin superar el tope establecido.

Cabe aclarar que una vez la persona se encuentre matriculada en un programa académico no podrá recibir el beneficio nuevamente.

El pago de los derechos de inscripción se realizará de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el marco fiscal de mediano plazo y el marco de gasto de mediano plazo del Ejecutivo.

Información tomada de ambitojuridico.com

SINTRAEMSDES

Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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