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Estatutos

Los cambios de la reforma laboral: así se verán afectados los trabajadores

Conozca algunos aspectos que podrían presentarse en caso de que se apruebe el proyecto promovido por MinTrabajo.

Esta semana la reforma laboral, uno de los proyectos bandera del Gobierno Nacional de Gustavo Petro y que es comandado por el Ministerio de Trabajo logró pasar su primer debate en la comisión séptima de la Cámara de Representantes antes de que terminara la que hace poco era la actual legislatura.

Este proyecto que ya dio un paso importante para poderse convertir en ley, plantea una serie de cambios para los trabajadores. Justamente, fueron aprobados un total de 81 artículos y 23 fueron eliminados. Conozca en qué consisten estas modificaciones y cómo impactarán a los trabajadores del país.

¿Qué cambios trae la reforma laboral?

Como lo mencionamos anteriormente, la comisión séptima de la Cámara de Representantes aprobó 83 artículos. Sin embargo, acá en AS Colombia le contaremos algunos de los que más resaltan y qué consecuencias pueden traer en el ambiente laboral nacional.

Uno de los primeros cambios tiene que ver con el adelantamiento de la jornada nocturna, que en la actualidad comienza desde las 9:00 p.m., pero de comenzaría a contabilizar desde las 7:00 p.m., es decir, que los trabajadores ganarían dos horas. Por lo tanto, las empresas tendrían que pagar un recargo a los trabajadores que realicen sus actividades labores después de esta hora.

Otra de las cosas que más sobresale de esta reforma laboral es el pago del 100% de dominicales y festivos, que hoy es el 75% pero su incremento se ejecutará de manera gradual. En ese orden de ideas, a partir de julio del 2024 el recargo será del 80%, en 2025 del 90% y en 2026 se aplicaría completamente la recarga.

En cuanto a la licencia de paternidad, esta presentará un incremento de dos a seis semanas. Sin embargo, su implementación se ejecutaría de manera gradual, por lo que en el primer año subirá tres semanas, en el segundo cuatro y en el tercero llegará a seis.

Respecto a cómo quedaría el trabajo a término fijo, en lo aprobado, se determinó que este tipo de contrato podría celebrarse por un periodo de 4 años pero en caso de extenderse se entenderá que es indefinido. De esta manera, se terminaría la prórroga indefinida que existe en este tipo de contratación en la actualidad.

Por: Ángel Ibáñez
Información tomada de colombia.as.com

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Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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