Afíliate
Estatutos

CIRCULAR 287 - PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN DIGITAL Y USO RESPONSABLE DE REDES SOCIALES

La Junta Directiva Nacional les brinda el más cálido y fraterno saludo; en cumplimiento del mandato estatutario de nuestra organización sindical y en defensa de la unidad y la disciplina sindical, los criterios de seguridad y uso de redes sociales deben construirse de manera que protejan la imagen institucional, la convivencia interna y los derechos de los afiliados, sin desconocer la libertad de expresión.

En Colombia estos criterios pueden apoyarse en normas como la Constitución Política de Colombia, la Ley 1581 de 2012 y la Ley 1273 de 2009, además de los estatutos internos del sindicato.

Las redes sociales constituyen un espacio de comunicación pública que puede incidir en la imagen, la legitimidad y la cohesión interna de la organización sindical. Por tanto, los afiliados, directivos y colaboradores deberán hacer uso responsable de estas plataformas, respetando los principios, valores y estatutos de la organización, así como la dignidad de sus integrantes.

En atención a que, en los últimos días, algunos trabajadores que han sido sancionados por la organización sindical SINTRAEMSDES, entre ellas directivos o delegados nacionales, han venido promoviendo y publicando videos y contenidos en redes sociales con comentarios descalificatorios en contra de las directivas y de integrantes de la organización a nivel nacional, por lo cual permitimos solicitar a las subdirectivas y a los comités seccionales prestar especial atención y mayor cuidado frente a las publicaciones en las que la organización y sus subdirectivas o sus miembros sean etiquetados o mencionados.

Lo anterior con el propósito de salvaguardar el respeto institucional, la convivencia organizacional y la correcta utilización de los canales de comunicación en redes sociales.

El presente Protocolo no limita el derecho a la libertad de expresión de los afiliados, pero establece criterios de responsabilidad ética y organizacional para preservar la unidad, el respeto y la legitimidad del sindicato.

  1. Evitar publicaciones que desacrediten o afecten la reputación del sindicato.

  2. No difundir información falsa o no verificada sobre la organización.

  3. No etiquetar o mencionar a la organización o a sus dirigentes en publicaciones que

    contengan acusaciones, insultos o afirmaciones no verificadas.

  4. Evitar utilizar el nombre o logotipo institucional sin autorización.

  5. Las opiniones personales deben aclarar que no representan la posición oficial del

    sindicato.

  6. No divulgar información interna, actas, debates o decisiones estratégicas sin

    autorización.

  7. Evitar lenguaje ofensivo, discriminatorio o violento entre afiliados.

  8. Promover el diálogo respetuoso y la resolución interna de conflictos.

  9. No publicar datos personales de afiliados o trabajadores sin consentimiento.

  10. No divulgar números de teléfono, direcciones o información sensible.

https://sintraemsdes.org/assets/media/circular-587-protocolo-de-comunicacion-digital-y-uso-responsable-de-redes-sociales.pdf

SINTRAEMSDES

Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

Afíliate