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FALLO DE TUTELA DEJA EN FIRME LAS EXPULSIONES DE EXDIRECTIVOS DE SINTRAEMSDES NEIVA

SINTRAEMSDES Nacional gana impugnación de acción de tutela, quedando en firma la expulsión de los señores Luis Eduardo Yepes y Cristian Narváez; quienes fueron expulsados de SINTRAEMSDES, por haberse aliado con la administración de la Empresa Ciudad Limpia Neiva S.A. ESP, con el fin de desmontar el Laudo Arbitral, que le otorgó derechos económicos y de estabilidad laboral a los trabajadores; a cambio de obtener dádivas del patrono para sus beneficios personales.

La Junta Directiva Nacional, deja presente a todos sus afiliados en Neiva y el país, que el pasado miércoles 12 de junio, el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes, con Funciones de Conocimiento, de Neiva, Huila, a cargo del Juez Juan Carlos Núñez, revocó en segunda instancia el fallo proferido el día 24 de abril del 2024, por ese mismo despacho, que tutelaba inicialmente el derecho al debido proceso, invocado por  los señores Luis Eduardo Yepes, Cristian Narváez y Cristian Calderas, en contra de Sintraemsdes Nacional.

Este fallo de segunda instancia, deja en firme las resoluciones 266, 267, 268 y 269 emitidas por la Junta Directiva de Sintraemsdes Nacional y la Asamblea Nacional de delegados, y se confirma que los señores Luis Eduardo Yepes y Cristian Narváez ya no hacen parte de la organización sindical.

La Junta Directiva Nacional, manifiesta una vez más a la administración de la Empresa Ciudad Limpia Nieva S.A. ESP y a sus afiliados, que mientras persista la intervención de la Subdirectiva Neiva, la representación legal y la interlocución ante la administración de la empresa, las autoridades, las entidades nacionales y regionales, estarán a cargo del presidente nacional de SINTRAEMSDES o en quien el delegue esta responsabilidad, hasta tanto se restablezcan las condiciones administrativas de esta Subdirectiva.

Igualmente, queda sentado el precedente, que la autonomía que ostentan los órganos de dirección de las Subdirectivas y Nacionales, así como, sus dirigentes sindicales, no están por encima del Estatuto y la ley, menos cuando se utiliza esta autonomía para vender y traficar con los derechos de los trabajadores que representan.
La dignidad, los derechos sociales y económicos de los trabajadores, siempre estarán por encima de cualquier interés individual y personal, y quienes se envisten de sindicalistas para lucrarse traficando y negociando los derechos de los trabajadores, con el poder que les da la condición de directivos sindicales, no se les puede tildar de otra forma más, que traidores del pueblo y de las causas sociales.

Enlace en PDF

Fallo de Tutela Segunda Instancia en PDF

SINTRAEMSDES

Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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