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¡Sintraemsdes tiene la Razón!

Mintrabajo aceptó petición de los trabajadores frente a la solicitud de despido entablada por UNE EPM Telecomunicaciones

 

La Junta Nacional de Sintraemsdes, celebró la respuesta del Ministerio del Trabajo, aceptando aplicar el “poder preferente” a la petición de la organización sindical, respecto a la solicitud elevada por la multinacional Millicom, para que se autorice el despido de 81 trabajadores de la empresa UNE EPM Telecomunicaciones.

En auto número 0020 del 11 de marzo de 2025, la Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Luisa Fernanda Gómez, señala que el caso cumple con los requisitos para la aplicación del “poder preferente”, que la autorización de despido masivo colectivo tiene un carácter complejo con un impacto económico y social para las partes, y que la decisión deberá estar sustentada en fundamentos técnicos y económicos, que van más allá de los objetivos de reestructuración de áreas o procesos, reubicación de trabajadores y reconvención laboral, entre otros, presentados en su solicitud por la empresa UNE EPM Telecomunicaciones.

¿Qué es el poder preferente?

El poder preferente es una facultad con la que cuentan una entidad pública para dar prioridad a ciertos trámites, que son de alto interés e impacto en la sociedad. En el caso del Ministerio del Trabajo, está contemplado en los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.3.1.4. del Decreto 1071 de 2015, y para este caso, fue solicitado por Sintraemsdes Nacional, a través de su presidente, Humberto Polo Cabrera, el pasado 21 de febrero de 2025.

De esta manera será posible que en la toma de la decisión se contemplen de manera más transparente, otros aspectos de mayor trascendencia, que conlleva el despido masivo de trabajadores solicitado.

Con la decisión el proceso ha sido reasignado a la Unidad de Investigaciones Especiales del Ministerio en Bogotá, a donde deberá ser remitido el expediente por parte de la Territorial Antioquia.

La realidad detrás de los despidos que pretende UNE EPM        

La organización sindical había denunciado, que contrario a la argumentación sobre dificultades financieras y planes de reestructuración, esgrimida por la multinacional, todos los trabajadores que recibieron el anuncio de que serían despedidos, pertenecen a las subdirectivas Medellín, Cali y Pereira, de Sintraemsdes, lo que demuestra que el verdadero interés es afectar los derechos laborales de los trabajadores y de paso debilitar la organización sindical, como paso previo a su privatización.

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SINTRAEMSDES

Personería Jurídica 1832
de Noviembre 4 de 1970

[ NIT: 890.324.569-9  ]

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